CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS
EN EL DIVORCIO
MEJORES ABOGADOS PARA DIVORCIOS EN MÁLAGA
Para conocer lo que es la Modificación de Medidas así como su cumplimiento, primero necesitamos conocer lo que es el convenio regulador. Desde DONDIVORCIO, gracias a nuestros abogados de Rojano Vera Abogados, en Málaga, os explicamos los conceptos necesarios para que lo tengáis lo más claro posible.
La modificación de medidas también puede producirse para incrementar la pensión alimenticia si hubiese fundamentos de hecho que justifiquen la petición y la necesidad
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TIPOS DE DIVORCIOS
EL CONVENIO REGULADOR
Se conoce como convenio regulador, en el ámbito de la separación o divorcio de una pareja, como aquel acuerdo en el que se regulan algunos aspectos básicos para la ex pareja, como son la relación con los hijos comunes, la liquidación del régimen económico matrimonial y reparto de bienes, etc…
Se realiza junto a las demandas de separación y divorcio de mutuo acuerdo. En el acuerdo no estará permitida ninguna cláusula que sea lesiva para alguno de los cónyuges o alguno de los hijos, motivo por el cual, para ser efectivo, el convenio regulador tiene que ser revisado por un juez.
Según el artículo 90 del código Civil, un convenio regulador ha de incluir como mínimo lo siguiente:
- El cuidado de los hijos sujetos a patria potestad así como su guarda y custodia y en su caso el régimen de visitas del cónyuge con custodia que no viva habitualmente con los menores.
- La asignación de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, que normalmente será el que se quede con la guardia y custodia de los menores a cargo de los ex cónyuges
- Las contribuciones de cada uno de los cónyuges a las diferentes deudas que tenga el matrimonio, así como la pensión alimenticia que haya de pasarse a los hijos
- La liquidación del régimen económico matrimonial y el reparto de bienes en caso de que se haya llegado al acuerdo del reparto en el momento del convenio regulador
- La pensión compensatoria que el cónyuge con menores ingresos haya de percibir de aquel con mayores ingresos, en caso de que así se estime.
- De la misma manera deberá hacer constar las condiciones laborales de cada cónyuge para el caso de que haya que realizarse futuras modificaciones y cumplimiento de medidas del convenio regulador.
En aquellos casos en los que haya hijos minusválidos deberá especificarse también qué ayudas necesita, así como las ayudas que se crea necesarias que cada cónyuge deba aportar.
El convenio regulador establece las consecuencias que tienen carácter familiar o económico que se derivan de una situación de divorcio o de separación.
Los cónyuges pueden realizarlo o bien de mutuo acuerdo o por una sentencia judicial si no se ha llegado a un acuerdo en común, y en ese caso es el juez el que debe de tomar las decisiones.
En ambos casos, es decir, tanto si es por mutuo acuerdo como contencioso, es necesario establecerlo mediante un Convenio Regulador y en Rojano Vera Abogados en Málaga, a través de nuestra marca DON DIVORCIO, somos abogados especialistas en derecho de familia, nos ocuparemos de solicitar la modificación de su convenio regulador, así como de obligar a su cumplimiento, siempre bajo nuestra máxima de eficacia y precios económicos. Somos muy baratos y no por ello ofrecemos menos calidad que nuestra competencia.
Es fundamental que en el Convenio Regulador queden claros los extremos a aplicar en el futuro respecto de los hijos, bienes y demás elementos o pronunciamientos incluidos en el mismo, para evitar aclaraciones o modificaciones posteriores que incurrirían en gastos innecesarios.
Se conoce como convenio regulador, en el ámbito de la separación o divorcio de una pareja, como aquel acuerdo en el que se regulan algunos aspectos básicos para la ex pareja, como son la relación con los hijos comunes, la liquidación del régimen económico matrimonial y reparto de bienes, etc…
Se realiza junto a las demandas de separación y divorcio de mutuo acuerdo. En el acuerdo no estará permitida ninguna cláusula que sea lesiva para alguno de los cónyuges o alguno de los hijos, motivo por el cual, para ser efectivo, el convenio regulador tiene que ser revisado por un juez.
Según el artículo 90 del código Civil, un convenio regulador ha de incluir como mínimo lo siguiente:
- El cuidado de los hijos sujetos a patria potestad así como su guarda y custodia y en su caso el régimen de visitas del cónyuge con custodia que no viva habitualmente con los menores.
- La asignación de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, que normalmente será el que se quede con la guardia y custodia de los menores a cargo de los ex cónyuges
- Las contribuciones de cada uno de los cónyuges a las diferentes deudas que tenga el matrimonio, así como la pensión alimenticia que haya de pasarse a los hijos
- La liquidación del régimen económico matrimonial y el reparto de bienes en caso de que se haya llegado al acuerdo del reparto en el momento del convenio regulador
- La pensión compensatoria que el cónyuge con menores ingresos haya de percibir de aquel con mayores ingresos, en caso de que así se estime.
- De la misma manera deberá hacer constar las condiciones laborales de cada cónyuge para el caso de que haya que realizarse futuras modificaciones y cumplimiento de medidas del convenio regulador.
En aquellos casos en los que haya hijos minusválidos deberá especificarse también qué ayudas necesita, así como las ayudas que se crea necesarias que cada cónyuge deba aportar.
El convenio regulador establece las consecuencias que tienen carácter familiar o económico que se derivan de una situación de divorcio o de separación.
Los cónyuges pueden realizarlo o bien de mutuo acuerdo o por una sentencia judicial si no se ha llegado a un acuerdo en común, y en ese caso es el juez el que debe de tomar las decisiones.
En ambos casos, es decir, tanto si es por mutuo acuerdo como contencioso, es necesario establecerlo mediante un Convenio Regulador y en Rojano Vera Abogados en Málaga, a través de nuestra marca DON DIVORCIO, somos abogados especialistas en derecho de familia, nos ocuparemos de solicitar la modificación de su convenio regulador, así como de obligar a su cumplimiento, siempre bajo nuestra máxima de eficacia y precios económicos. Somos muy baratos y no por ello ofrecemos menos calidad que nuestra competencia.
Es fundamental que en el Convenio Regulador queden claros los extremos a aplicar en el futuro respecto de los hijos, bienes y demás elementos o pronunciamientos incluidos en el mismo, para evitar aclaraciones o modificaciones posteriores que incurrirían en gastos innecesarios.
Los abogados de DON DIVORCIO, el despacho Rojano Vera Abogados en Málaga, para evitar que en lo sucesivo se vean necesitados pronto de aclaraciones o modificaciones, deja claras las manifestaciones y los acuerdos alcanzados en nuestra mediación para que nuestros clientes no se vean, en la medida de lo posible, necesitados de instar procedimientos de modificaciones de medidas.
¿Cuándo se puede solicitar MODIFICAR UN CONVENIO REGULADOR?
Se puede solicitar la modificación del convenio regulador cuando haya existido una modificación o alteración de las circunstancias tenidas en cuenta por los cónyuges, o por el Juez, para la adopción de las medidas definitivas establecidas en el convenio regulador de la separación o del divorcio, o en la correspondiente resolución judicial, de tal manera que las existentes al tiempo de solicitar la modificación de aquellas medidas sean distintas de las existentes al tiempo de su adopción:
Debe de ser esencial y sustancial, es decir, de tal importancia que haga suponer que, de haber existido tales circunstancias al momento de la separación o el divorcio, se hubieran adoptados medidas distintas, al menos en su cuantía por lo que hace a las prestaciones económicas no obedeciendo a factores periféricos o accesorios.
- No sea esporádica, episódica coyuntural o transitoria, sino que se presente con caracteres de estabilidad o de permanencia en el tiempo.
- Quesea imprevisto, o imprevisible, lo que excluye aquellos supuestos en que, al tiempo de establecerse la medida, ya fue tenida en cuenta una posible modificación de las circunstancias.
- No haya sido provocada o buscada voluntariamente o de propósito para obtener una modificación y sustituirlas por otras que resulten más beneficiosas al solicitante.
Don Divorcio te explica cómo hacerlo: MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CUSTODIA Y ALIMENTOS
Si se pretende la modificación de medidas de orden personal, en relación a la guarda y custodia o régimen de visitas y estancias, además será preciso acreditar sin ningún género de dudas que actualmente tales peticiones constituyan la mejor opción en favor de los menores, cuyo interés debe prevalecer siempre.
En Rojano Vera Abogados en Málaga, a través de nuestra marca DON DIVORCIO, estamos para servirle ante esta situación, acreditando sin ningún género de dudas que actualmente tales peticiones constituyan la mejor opción en favor de los menores, pues nuestros abogados son especialistas en derecho de familia y actuaran siempre en su interés y en el de sus hijos siempre bajo los máximos criterios de eficacia y economía, pues somos muy baratos.
¿Por qué acudir a los abogados de Don Divorcio para una modificación de medidas?
Porque cuando la modificación afecta a medidas relativas a la guarda y custodia de los hijos o a su régimen de comunicaciones y estancias, es vital mantener la consecución del supremo interés o beneficio del menor, por este motivo es necesario acudir a un despacho de abogados especialistas en derecho de familia, en Rojano Vera Abogados, a través de nuestra marca Don Divorcio, velaremos por usted y por su familia interpretando los requisitos o presupuestos necesarios para considerar existente una esencial alteración de circunstancias justificativa de la modificación de medidas solicitada o que le han solicitado.
- La modificación de la pensión de alimentos es posible. Cabe la modificación de la pensión de alimentos en función de las circunstancias económicas del obligado al pago y en función de las necesidades de los beneficiarios, es decir, los hijos.